Fecha: 19 de agosto de 2025

Concepto CTCP sobre los términos "cuenta puente" y "cuenta transitoria

El CTCP aclaró que los términos "cuenta puente" y "cuenta transitoria" no están definidos en los marcos técnicos contables vigentes en Colombia. Estas denominaciones carecen de reconocimiento oficial y su uso no es común ni generalizado dentro de la práctica contable conforme a las NIIF.

Antecedentes de la Consulta

Aspecto Antes de la reforma Después de la reforma (Ley 2466 de 2025)
Naturaleza del contrato No laboral (formativo) Relación laboral especial a término fijo
Apoyo económico etapa lectiva ~50 % del SMLMV 75 % del SMLMV
Apoyo económico etapa práctica ~75 % del SMLMV 100 % del SMLMV
Prestaciones sociales No aplicaban Prima, cesantías, intereses, vacaciones, salud, pensión, ARL
Duración máxima del contrato Hasta 2 años Hasta 3 años
Aplicación a contratos vigentes Parcial Aplicación inmediata parcial desde 25/06/2025
Sanción por no vincular aprendices N/A Multa de 1.5 SMLMV por aprendiz no vinculado

 

  • Los contratos   de   aprendizaje   se   consideran   relaciones   laborales especiales, reguladas bajo el derecho laboral.
  • Aplicación inmediata desde el 25 de junio de 2025, incluso para contratos vigentes (sin retroactividad plena).
  • Las empresas deben:
    • Afiliar al aprendiz desde el inicio (salud desde etapa lectiva, pensión y ARL desde la práctica).
    • Pagar prestaciones sociales
    • Realizar ajustes proporcionales conforme a la Circular 083 del 18 de julio de
    • Optar por vinculación directa o monetización de cuota (multa si no se vincula).

Conclusiones del CTCP

  • Aumento en costos laborales, al reconocer el salario mínimo y
  • Ajustes operativos y de nómina para cumplir con los nuevos
  • Riesgo de reducción en los cupos de aprendices, especialmente en
  • Posible mejora en la calidad de formación e inserción

Conclusiones del CTCP

  1. Revisar y ajustar contratos actuales según la Circular
  2. Afiliar oportunamente a los aprendices en PILA y pagar los aportes
  3. Actualizar procedimientos internos de contratación y seguimiento de
  4. Documentar evidencias para evitar sanciones ante el Ministerio de

 

Recomendaciones para las Empresas

  • El Ministerio  de    Trabajo   supervisará  el   cumplimiento   mediante inspecciones laborales.
  • Posibilidad de acciones de tutela ante
  • SENA conserva su rol como ente formador y verificador del cumplimiento

Recomendaciones para las Empresas

La reforma al contrato de aprendizaje supone un giro estructural con impactos importantes en el modelo de formación laboral en Colombia. Recomendamos a nuestros clientes realizar un análisis interno inmediato, revisar contratos vigentes y anticiparse a los requerimientos de la autoridad laboral. En FIDELIS ADVISORIES estamos listos para acompañarlos en este proceso de adaptación normativa.