Fecha: 24 de septiembre de 2025

Boletín Técnico FIDELIS ADVISORIES – 010

Fecha: 01 de octubre de 2025

Área: Cumplimiento Normativo / SARLAFT / Prevención LA/FT/FPADM Fuente: Resolución 2328 del 6 de marzo de 2025 – Superintendencia de Transporte

Normativa Derogada: Resolución 74854 de 2016

TRANSICIÓN DE SIPLAFT A SARLAFT EN EL SECTOR TRANSPORTE

La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 2328 de 2025, mediante la cual modifica el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte e implementa el nuevo Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SARLAFT, en reemplazo del antiguo SIPLAFT.

MARCO JURÍDICO Y SOPORTE NORMATIVO

  • Decreto 2409 de 2018: Facultades de supervisión de la
  • Ley 526 de 1999: Creación de la UIAF y reportes
  • Ley 1121 de 2006: Aplicación de sanciones administrativas y listas
  • Ley 2155 de 2021, Ley 2195 de 2022: Definiciones de beneficiarios finales y transparencia empresarial.
  • Decreto 1068 de 2015: Reportes de operaciones sospechosas en sectores no financieros.
  • Estándares GAFI – GAFILAT: 40 Recomendaciones, enfoque basado en riesgos, activos virtuales, beneficiarios finales, supervisión y sanciones.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A IMPLEMENTAR EL SARLAFT?

Empresas vigiladas por la Superintendencia de Transporte, entre ellas:

  1. Transporte público de carga y pasajeros
  2. Transporte especial y mixto
  3. Concesionarios de infraestructura
  4. Centros de enseñanza, diagnóstico y reconocimiento de conductores
  5. Transporte por cable y operadores multimodales
  6. Sociedades portuarias y operadores portuarios
  7. Centros integrales de atención a conductores
  8. Empresas desintegradoras de vehículos

ELEMENTOS DEL SISTEMA SARLAFT

Las empresas obligadas deben implementar un sistema integral que contemple:

  1. Matriz de riesgos
  2. Política de administración del riesgo LA/FT/FPADM
  3. Manual de procedimientos
  4. Código de ética y conducta

Estos documentos deben alinearse con el enfoque basado en riesgos y garantizar medidas razonables y proporcionadas al riesgo de cada empresa.

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: PERFIL Y FUNCIONES

➤ Requisitos mínimos:

  1. Domiciliado en Colombia
  2. Profesional o tecnólogo con diplomado (mín. 90 horas) o especialización en LA/FT/FPADM
  3. Experiencia de al menos 6 meses
  4. Independencia frente a la administración, revisoría fiscal o auditoría interna
  5. Acreditación de cursos UIAF

➤ Designación:

  1. Nombramiento por parte del órgano social o junta directiva
  2. Informar a la SuperTransporte y registrar en el sistema SIREL

➤ Funciones clave:

  1. Evaluar riesgos, actualizar SARLAFT, coordinar auditorías, capacitar, reportar a la UIAF
  2. Supervisar debida diligencia, conservar soportes y coordinar controles internos

DEBIDA DILIGENCIA Y REPORTES A LA UIAF

✔ Debida diligencia mínima:

Identificación del cliente y del beneficiario final, consulta de listas vinculantes, análisis del origen de fondos.

✔ Debida diligencia intensificada:

Aplica a PEPs, operaciones con activos virtuales y contrapartes de alto riesgo. Requiere aprobación interna para vinculación.

✔ Reportes obligatorios:

  1. ROS (Reporte de Operación Sospechosa): Inmediato ante la detección
  2. AROS (Ausencia de ROS): Dentro de los 10 días calendario siguientes al mes de reporte
  3. Reportes objetivos y su ausencia según lineamientos UIAF

PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN

  1. Empresas ya registradas o habilitadas: Tienen plazo hasta el 6 de noviembre de 2025 (8 meses desde la publicación).
  2. Nuevas empresas: Tienen 8 meses desde la notificación del requisito

RETOS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN

  1. Adaptación de sistemas existentes y armonización con sistemas corporativos globales.
  2. Vinculación de un Oficial de Cumplimiento que cumpla los requisitos exigidos.
  3. Plazo de implementación ajustado, especialmente para empresas con estructuras complejas.
  4. Dificultades operativas en sectores con alto volumen transaccional como transporte público de pasajeros.

SANCIONES

El incumplimiento en la implementación del SARLAFT puede dar lugar a:

RECOMENDACIONES FIDELIS ADVISORIES

  • Realizar diagnóstico de brechas frente a lo requerido por la Resolución 2328 de 2025
  • Iniciar ajustes documentales y contractuales
  • Designar y capacitar oficialmente al Oficial de Cumplimiento
  • Establecer una hoja de ruta interna para cumplir con el plazo del 6 de noviembre de 2025
  • Participar activamente en las jornadas de capacitación de la SuperTransporte disponibles en:

https://transformaciondigital.supertransporte.gov.co

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