Fecha: 24 de septiembre de 2025
Boletín Técnico FIDELIS ADVISORIES – 010
Fecha: 01 de octubre de 2025
Área: Cumplimiento Normativo / SARLAFT / Prevención LA/FT/FPADM Fuente: Resolución 2328 del 6 de marzo de 2025 – Superintendencia de Transporte
Normativa Derogada: Resolución 74854 de 2016
TRANSICIÓN DE SIPLAFT A SARLAFT EN EL SECTOR TRANSPORTE
La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 2328 de 2025, mediante la cual modifica el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte e implementa el nuevo Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SARLAFT, en reemplazo del antiguo SIPLAFT.
MARCO JURÍDICO Y SOPORTE NORMATIVO
- Decreto 2409 de 2018: Facultades de supervisión de la
- Ley 526 de 1999: Creación de la UIAF y reportes
- Ley 1121 de 2006: Aplicación de sanciones administrativas y listas
- Ley 2155 de 2021, Ley 2195 de 2022: Definiciones de beneficiarios finales y transparencia empresarial.
- Decreto 1068 de 2015: Reportes de operaciones sospechosas en sectores no financieros.
- Estándares GAFI – GAFILAT: 40 Recomendaciones, enfoque basado en riesgos, activos virtuales, beneficiarios finales, supervisión y sanciones.
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A IMPLEMENTAR EL SARLAFT?
Empresas vigiladas por la Superintendencia de Transporte, entre ellas:
- Transporte público de carga y pasajeros
- Transporte especial y mixto
- Concesionarios de infraestructura
- Centros de enseñanza, diagnóstico y reconocimiento de conductores
- Transporte por cable y operadores multimodales
- Sociedades portuarias y operadores portuarios
- Centros integrales de atención a conductores
- Empresas desintegradoras de vehículos
ELEMENTOS DEL SISTEMA SARLAFT
Las empresas obligadas deben implementar un sistema integral que contemple:
- Matriz de riesgos
- Política de administración del riesgo LA/FT/FPADM
- Manual de procedimientos
- Código de ética y conducta
Estos documentos deben alinearse con el enfoque basado en riesgos y garantizar medidas razonables y proporcionadas al riesgo de cada empresa.
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: PERFIL Y FUNCIONES
➤ Requisitos mínimos:
- Domiciliado en Colombia
- Profesional o tecnólogo con diplomado (mín. 90 horas) o especialización en LA/FT/FPADM
- Experiencia de al menos 6 meses
- Independencia frente a la administración, revisoría fiscal o auditoría interna
- Acreditación de cursos UIAF
➤ Designación:
- Nombramiento por parte del órgano social o junta directiva
- Informar a la SuperTransporte y registrar en el sistema SIREL
➤ Funciones clave:
- Evaluar riesgos, actualizar SARLAFT, coordinar auditorías, capacitar, reportar a la UIAF
- Supervisar debida diligencia, conservar soportes y coordinar controles internos
DEBIDA DILIGENCIA Y REPORTES A LA UIAF
✔ Debida diligencia mínima:
Identificación del cliente y del beneficiario final, consulta de listas vinculantes, análisis del origen de fondos.
✔ Debida diligencia intensificada:
Aplica a PEPs, operaciones con activos virtuales y contrapartes de alto riesgo. Requiere aprobación interna para vinculación.
✔ Reportes obligatorios:
- ROS (Reporte de Operación Sospechosa): Inmediato ante la detección
- AROS (Ausencia de ROS): Dentro de los 10 días calendario siguientes al mes de reporte
- Reportes objetivos y su ausencia según lineamientos UIAF
PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN
- Empresas ya registradas o habilitadas: Tienen plazo hasta el 6 de noviembre de 2025 (8 meses desde la publicación).
- Nuevas empresas: Tienen 8 meses desde la notificación del requisito
RETOS Y DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN
- Adaptación de sistemas existentes y armonización con sistemas corporativos globales.
- Vinculación de un Oficial de Cumplimiento que cumpla los requisitos exigidos.
- Plazo de implementación ajustado, especialmente para empresas con estructuras complejas.
- Dificultades operativas en sectores con alto volumen transaccional como transporte público de pasajeros.
SANCIONES
El incumplimiento en la implementación del SARLAFT puede dar lugar a:
- Sanciones administrativas conforme al artículo 46 de la Ley 336 de 1996
- Procesos sancionatorios bajo el procedimiento del CPACA (Ley 1437 de 2011)
RECOMENDACIONES FIDELIS ADVISORIES
- Realizar diagnóstico de brechas frente a lo requerido por la Resolución 2328 de 2025
- Iniciar ajustes documentales y contractuales
- Designar y capacitar oficialmente al Oficial de Cumplimiento
- Establecer una hoja de ruta interna para cumplir con el plazo del 6 de noviembre de 2025
- Participar activamente en las jornadas de capacitación de la SuperTransporte disponibles en:
https://transformaciondigital.supertransporte.gov.co
ÁREA JURÍDICA FIDELIS ADVISORIES

