Fecha: 24 de septiembre de 2025
Boletín Técnico FIDELIS ADVISORIES – 010
Análisis Integral: Tratamiento Contable de Software Desarrollado Internamente bajo NIIF para las PYMES (Grupo 2)
1. Introducción y marco normativo aplicable
El desarrollo de software es una actividad intensiva en conocimiento y recursos, común en empresas tecnológicas, de servicios digitales, manufactureras con automatización o incluso firmas consultoras que desarrollan soluciones a medida.
Frente a esta realidad, surge una pregunta crucial:
¿Pueden los costos del desarrollo de software ser reconocidos como activos intangibles bajo las NIIF para las PYMES en Colombia?
El marco técnico normativo aplicable a las entidades del Grupo 2 (NIIF para las PYMES) se encuentra en el Anexo 2 del Decreto 2420 de 2015, el cual incorpora, entre otros, la Sección 18: Activos intangibles distintos de la plusvalía.
2. Fundamento técnico – Párrafo 18.14 NIIF para las PYMES
“Una entidad reconocerá el desembolso incurrido internamente en una partida intangible como un gasto, incluyendo todos los desembolsos para actividades de investigación y desarrollo, cuando incurra en él, a menos que forme parte del costo de otro activo que cumpla los criterios de reconocimiento de esta Norma.”
- NIIF para las PYMES – Sección 14
Este párrafo establece una prohibición general de capitalizar intangibles generados internamente, salvo que:
- Forme parte del costo de otro activo reconocible (por ejemplo, inventarios o propiedad, planta y equipo).
- Se trate de un intangible adquirido a
La redacción de este párrafo es más restrictiva que el tratamiento en NIIF plenas (IAS 38), lo cual ha generado interpretaciones estrictas por parte de organismos como el CTCP.
3. Delimitación conceptual: Investigación vs Desarrollo
| Etapa | Definición | Tratamiento contable |
| Investigación | Búsqueda original planificada que persigue obtener nuevos conocimientos. | Gasto en resultados |
| Desarrollo | Aplicación de los hallazgos para planear o diseñar nuevos productos, procesos o sistemas, antes de su uso comercial. | Gasto en resultados, salvo excepciones |
En el contexto del software, esto incluye tareas como:
- Levantamiento de requerimientos
- Diseño técnico y funcional
- Codificación (frontend / backend)
- Pruebas de calidad (QA)
- Despliegue en servidores
Bajo NIIF para PYMES, todas estas fases se reconocen como gasto, incluso si están claramente orientadas al desarrollo de un producto funcional.
4. Posibles excepciones: ¿Cuándo puede reconocerse un activo?
Aunque la norma es restrictiva, existen dos situaciones puntuales en las que los costos relacionados con software podrían ser capitalizados:
4.1. Software adquirido a terceros
Si la entidad compra licencias o componentes listos (ej. motores gráficos, librerías .NET pagas, entornos de desarrollo especializados), estos sí pueden reconocerse como intangibles, siempre que:
- Se identifiquen claramente,
- Generen beneficios económicos futuros, y
- Se pueda medir su costo con
4.2. Costos que forman parte del costo de otro activo
Ejemplos:
- Desarrollo de software embebido en un producto físico (IoT, maquinaria).
- Aplicaciones diseñadas específicamente para operar un sistema de propiedad, planta y equipo.
- Software desarrollado por encargo de un cliente, cuyo resultado sea
En estos casos, el software no se reconoce como intangible autónomo, sino como parte del costo de otro activo, conforme a la Sección 17 (PPE) o Sección 13 (Inventarios).
5. Implicaciones contables y prácticas para las empresas
- Limitación para capitalizar esfuerzos de innovación
Las empresas que desarrollan soluciones tecnológicas deben reconocer como gasto la mayor parte de sus inversiones en desarrollo. Esto puede:
-
- Reducir el resultado neto en los períodos de inversión,
- Afectar indicadores financieros, como rentabilidad o margen EBITDA,
- Complicar la presentación de activos intangibles en
- Oportunidades para mejora del control contable
- Establecer cuentas contables diferenciadas para separar costos de desarrollo interno y licencias
- Documentar adecuadamente los elementos que sí pueden capitalizarse (licencias, hardware, outsourcing).
- En proyectos con clientes, considerar contratos donde el desarrollo se clasifique como inventario en construcción (Sección 13), si
6. Comparativo: NIIF para las PYMES vs. NIIF plenas
| Aspecto | NIIF para las PYMES (Grupo 2) | NIIF plenas (Grupo 1 – IAS 38) |
| Capitalización de desarrollo | En general prohibida, salvo como parte de otro activo | Permitida si se cumplen seis criterios específicos |
| Reconocimiento de intangibles | Restrictivo | Flexible y sujeto a juicios profesionales |
| Exposición de activos desarrollados | No se reconocen como activos separados | Se reconocen si cumplen requisitos |
Nota: Esto debe considerarse en empresas que migran del Grupo 2 al Grupo 1, o en consolidación de estados financieros bajo otro marco.
Normatividad y conceptos relacionados
- Decreto 2420 de 2015 – Anexo 2: NIIF para las PYMES
- Sección 13, 17 y 18 – NIIF para las PYMES
- Concepto CTCP 0231 (2025)
- Otros conceptos relevantes del CTCP:
- 2021-0721
- 2020-0731
- 2020-0698
- 2020-0393
- Ley 1314 de 2009 – Convergencia contable
Recomendaciones FIDELIS ADVISORIES
- Evaluar de forma detallada cada proyecto de desarrollo de
- Implementar políticas contables claras para clasificación de gastos vs
- Mantener soporte documental robusto para justificar cualquier capitalización.
- Considerar la revisión de contratos para clientes que podrían permitir clasificación como inventarios.
- Capacitar al equipo contable y financiero en los criterios de la Sección
Conclusión
El tratamiento contable del software desarrollado internamente bajo NIIF para las PYMES es estrictamente conservador y orientado a evitar la capitalización de activos sin sustento técnico claro. Las empresas deben tomar decisiones informadas y con soporte documental, para garantizar el cumplimiento normativo sin comprometer la transparencia financiera.
Para una evaluación más profunda en su empresa, no dude en contactar a nuestros expertos.
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