Fecha: 18 de noviembre de 2025
BOLETÍN INFORMATIVO FIDELIS ADVISORIES 22-2025
Boletín Informativo Contable – FIDELIS ADVISORIES
Fecha: 18 de noviembre de 2025
Tema: Tratamiento contable de los anticipos recibidos de clientes bajo NIIF para PYMES (Grupo 2)
Referencia técnica: Concepto CTCP No. 2025-0294 del 17 de octubre de 2025
Normatividad aplicable: Ley 1314 de 2009, Ley 43 de 1990, Decreto 2420 de 2015 (Anexo 2 – NIIF para PYMES)
1. Contexto general del pronunciamiento
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 2025-0294 con el objetivo de aclarar el tratamiento contable de los anticipos recibidos de clientes, una operación común en empresas pertenecientes al Grupo 2 – NIIF para PYMES, especialmente en modelos de preventa, compras anticipadas o producción bajo pedido.
Aunque estos anticipos suelen registrarse correctamente como pasivos, algunas entidades han recibido observaciones de terceros —como bancos y analistas financieros— quienes interpretan este rubro como endeudamiento, generando una lectura distorsionada del perfil financiero.
2. Consulta elevada al CTCP
La empresa consultante expuso los siguientes hechos:
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Recibe anticipos de clientes respaldados en cotizaciones u órdenes de compra.
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Registra los anticipos como pasivo bajo la cuenta Anticipos recibidos de clientes.
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El recaudo incrementa bancos y eleva los pasivos corrientes.
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Usuarios externos interpretan este pasivo como obligación financiera, afectando la imagen económica de la compañía.
La empresa preguntó si existe algún tratamiento alternativo bajo NIIF para PYMES que permita mejorar la presentación sin desvirtuar la esencia económica de la transacción.
3. Conclusión técnica del CTCP
El CTCP reafirma que los anticipos recibidos de clientes cumplen con la definición de pasivo y deben permanecer clasificados como tal hasta que se entregue el bien o se preste el servicio contratado.
Fundamento técnico – NIIF para PYMES
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Párrafo 2.20: Un pasivo implica una obligación presente.
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Párrafo 2.21: La obligación se cancela mediante la entrega de bienes, prestación de servicios o pago de efectivo.
Mientras la empresa tenga pendiente cumplir con la obligación derivada del contrato, el anticipo representa una obligación exigible, por lo que debe mantenerse como pasivo.
4. Tratamiento contable adecuado
|
Etapa del negocio |
Registro contable |
Clasificación en los estados financieros |
|---|---|---|
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Recaudo del anticipo |
Dr. Bancos / Cr. Anticipos recibidos de clientes |
Pasivo corriente |
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Entrega del bien o servicio |
Dr. Anticipos recibidos / Cr. Ingresos por ventas |
Estado de resultados |
El ingreso solo se reconoce cuando la entidad cumple con su obligación de desempeño, conforme a la Sección 23 de NIIF para PYMES.
5. ¿Es posible una presentación alternativa para evitar interpretaciones erróneas?
El CTCP señala que no existe un tratamiento alternativo permitido bajo NIIF para PYMES que permita:
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reclasificar los anticipos como patrimonio,
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reconocerlos como ingresos anticipados sin haber cumplido la obligación,
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o disminuir su impacto visual dentro del pasivo corriente.
Sin embargo, sí existen mecanismos de presentación y revelación para mejorar la claridad:
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Notas explicativas detalladas
Explicar que los anticipos corresponden a operaciones comerciales, no a endeudamiento financiero.
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Desagregación de pasivos corrientes
Separar pasivos financieros, operativos y comerciales en el estado de situación financiera.
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Revelaciones cualitativas adicionales
Incluir descripciones que faciliten la diferenciación entre obligaciones contractuales y obligaciones de financiamiento.
6. Recomendaciones de FIDELIS ADVISORIES
Análisis integral de los estados financieros
Revisar con el contador externo y el revisor fiscal la presentación segmentada del pasivo corriente para mejorar la lectura de los estados financieros.
Fortalecimiento de las notas
Incluir revelaciones claras sobre la naturaleza contractual de los anticipos, explicando que no representan deuda financiera.
Comunicación con terceros
Acompañar los estados financieros con cartas explicativas cuando se detecten observaciones por parte de bancos o inversionistas.
Revisión del Manual de Políticas Contables
Asegurar que las políticas sobre anticipos estén formalizadas conforme al Manual de Políticas NIIF de la entidad.
7. Normatividad técnica aplicable
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Ley 1314 de 2009 – Convergencia hacia estándares internacionales.
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Secciones 2, 23 y 32 de NIIF para PYMES.
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Concepto CTCP No. 2025-0294.
8. Conclusión
El CTCP ratifica que los anticipos recibidos de clientes son pasivos reales bajo NIIF para PYMES y deben mantenerse como tales hasta que la entidad cumpla con la obligación contractual.
Aunque su presentación puede influir en indicadores de endeudamiento, la solución no es contable sino revelatoria y de comunicación, garantizando transparencia y comprensión adecuada por parte de los usuarios de la información financiera.
FIDELIS ADVISORIES S.A.S. – Boletín Financiero y Contable 2025
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